domingo, 28 de junio de 2009

Medidas y reglamentos que se deben tomar en cuenta

El que los edificios públicos estén construidos de manera que sean circulables con por discapacitados sin ayuda de terceros es una ley. Esta norma es válida para las zonas de grandes almacenes, palacios de congresos, edificios administrativos, juzgados, hospitales y similares, accesibles al público en general. En los edificios utilizados fundamentalmente o exclusivamente por discapacitados o ancianos, los requisitos no solo son para las áreas comunes, sino en todas las partes de los edificios. Entre estas se encuentran las salas de actos, talleres y residencias para discapacitados, servicio sanitario, etc.
Se ha de acceder a todos los edificios a través de una entrada sin peldaños. Las entradas han de tener una anchura de paso libre de al menos 90cm. Además, delante de la puerta ha de existir suficiente espacio de movimiento. Las rampas no pueden tener una inclinación superior al 6%, han de tener una anchura mínima de 1.20m y pasamanos rígidos a ambos lados.
Debemos tomar en cuenta estas medidas reglamentarias para que tanto discapacitados como no discapacitados sean libres de desenvolverse normalmente con las mismas facilidades al momento de realizar sus tareas cotidianas, de manera que paralelamente hacemos valer los derechos de todos.

1 comentario:

  1. Estoy de acuerdo con lo planteado, ya que estas medidas deben ser tomadas en cuenta en cualquier edificación o establecimiento de uso público, para devolverles a los discapacitados ese sentido de pertenencia que por mucho tiempo ha sido dejado de lado.

    ResponderEliminar